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Información para el opositor » Oposiciones » Ingenieros Navales » Ingenieros Navales Estado 2021

Oposiciones de Ingenieros Navales Estado 2021

Especialidad: Ingenieros Navales
Área geográfica: Estado_MAP_Hacienda
Fecha Convocatoria: Sin convocar
Plazas: 17
Grupo: A1

Descripción de la oposición
Oposiciones de Ingenieros Navales Estado 2021

12/07/2023. Publicada en el BOE la Oferta de Empleo Público OPE 2023, que incluye 15 plazas de Ingeniero Naval del Estado (1 plaza reservada para personas con discapacidad).


Publicada la OPE 2021 del Estado, que incluye 10 plazas de Ingenieros Navales (1 de las plazas para discapacidad)

La Administración General del Estado en su oferta de empleo 2020, incluye 7 plazas de Ingenieros Navales.


El temario de la oposición se actualizará con la publicación de la convocatoria.

TEMARIO INGENIERO NAVAL ESTADO

Programa

 1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional.

 2. La estructura de poderes del Estado. Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La Corona.

 3. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.

 4. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La organización central. La organización periférica. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Especial referencia al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

 5. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: entidades que la integran.

 6. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.

 7. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. Principios que rigen las relaciones de las Administraciones Públicas. Actividad de las administraciones públicas: derechos y deberes de los ciudadanos.

 8. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.

 9. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos. Motivación, notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad de los actos. Disposiciones administrativas generales: jerarquía y competencia. Publicidad e inderogabilidad.

10. El procedimiento administrativo común y sus fases. Concepto de interesado. Iniciación y ordenación del procedimiento, instrucción, finalización. El silencio administrativo. Ejecución.

11. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: concepto, naturaleza y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo.

12. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Regulación, Principios y procedimientos. La indemnización: concepto y naturaleza. La responsabilidad civil y penal de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. La potestad sancionadora. Regulación, naturaleza y principios rectores de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.

13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.

14. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.

15. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación, derechos y deberes.

16. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género. Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial referencia al II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.

17. La Administración Marítima. Servicios centrales y periféricos. Organización de la Administración Marítima en la estructura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. La Dirección General de la Marina Mercante. El Real Decreto 638/2007, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos, modificado por Orden FOM/1667/2011.

18. El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (I). Puertos. Administración Portuaria Estatal. Medio Ambiente y Seguridad: Prevención y lucha contra la contaminación en el dominio público portuario. El dominio público portuario estatal. Prestación de servicios, clasificación y concepto. Los Consejos de Administración: funciones y competencias. Organización, planificación y gestión de los Puertos del Estado.

19. El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (II). Marina Mercante. Zonas y tipos de navegación. Flota civil y plataformas fijas. Explotación naviera y régimen de las navegaciones. Administración Marítima: administración central y administración periférica. La Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM). Servicio de Practicaje. Medidas que garantizan la actividad portuaria y la navegación. Régimen sancionador. Registro Especial de Buques y Empresas Navieras.

20. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

21. La Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima: naturaleza, objeto y funciones. Relación entre la Sociedad y la Dirección General de la Marina Mercante. Los Centros Coordinadores de Salvamento: clases y distribución geográfica. Funciones. Sus relaciones con las Capitanías Marítimas. Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el periodo 2010/2018.

22. Organizaciones internacionales. La ONU y el Derecho del Mar. Su influencia en la seguridad marítima y en la prevención de la contaminación del medio marino. La Organización Marítima. Internacional (OMI): historia, objetivos, funciones, estructura. El Convenio constitutivo de la Organización. Últimos acontecimientos y tendencias en la Organización. Perspectivas de futuro. Papel de España en la OMI. Competencias de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el sector marítimo. Otras Organizaciones Internacionales relevantes para el sector marítimo.

23. La Unión Europea. Política en materia de transporte marítimo y sobre seguridad marítima y prevención de la contaminación del medio marino. Principales Directivas y Reglamentos relativos a la Seguridad Marítima y al Tráfico Marítimo

24. La Agencia Europea de Seguridad Marítima. Reglamento (CE) n.º 1406/2002 de 27 de junio de 2002 por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad Marítima en su versión enmendada por los reglamentos: Reglamento (CE) n.º 1644/2003 de 22 de julio de 2003, Reglamento (CE) n.º 724/2004, de 31 de marzo de 2004; Reglamento (CE) n.º 2038/2006, de 18 de diciembre de 2006, y Reglamento (CE) n.º 100/2013, de 15 de enero de 2013. Funciones de la Agencia Europea de Seguridad Marítima, órganos de gobierno, funcionamiento.

25. Convenios internacionales. Principales etapas en el proceso de elaboración e implantación de un convenio de la OMI: propuesta, primeras etapas de desarrollo, adopción, aceptación, entrada en vigor, implantación, enmiendas y procedimientos «tácito» y «explícito» de aceptación de enmiendas. Convenios sobre Seguridad Marítima. Convenios sobre prevención y lucha contra la contaminación. Convenios sobre responsabilidad e indemnización. Convenios para facilitar el tráfico marítimo internacional. Convenios sobre formación y titulación. Otros convenios de la OMI. Otros instrumentos normativos internacionales de la OMI: códigos internacionales, códigos, resoluciones, directrices, etc. Instrumentos de obligado cumplimiento y de carácter recomendatorio. Características de la implantación de estos instrumentos.

26. Las Sociedades de Clasificación. Su función dentro del sector naviero. Reglamentos. Certificados expedidos por las Sociedades de Clasificación: partes del buque y equipos que garantizan que han sido inspeccionados. Las Sociedades de Clasificación en el ámbito de la Unión Europea: Real Decreto 877/2011 sobre reglas y normas comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques y para las actividades correspondientes de las administraciones marítimas, modificado por Real Decreto 706/2015; y (Reglamento (CE) n.º 391/2009) sobre reglas y normas comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques. Las Sociedades de Clasificación en OMI: Resolución A.739 (18) enmendada por la resolución MSC.208 (81). Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (I.A.C.S.). Código para las organizaciones reconocidas (Código OR), adoptado en Londres el 21 de junio de 2013 mediante Resolución MSC.349(92).

27. Economía del transporte marítimo. Elementos personales del transporte marítimo, conceptos de propietario, armador y naviero. El flete, concepto y aspectos básicos. La cuenta de explotación del buque, estructura de costes: costes de capital, costes fijos y variables, concepto y principales componentes. Costes directos e indirectos, Modalidades de fletamento: «bare boat», «time charter», «spot» o póliza de viaje y otras modalidades. Punto de equilibrio.

28. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. El mar territorial y la zona contigua, la zona económica exclusiva, definición, límites y régimen jurídico aplicable. El paso inocente por el mar territorial, alcance, limitaciones aplicables y régimen jurídico de los buques en paso inocente. La plataforma continental definición, límites y régimen jurídico aplicable.

29. Normativa Europea sobre transporte marítimo. Libre prestación de servicios al transporte marítimo y régimen del cabotaje marítimo en la Unión Europea y régimen jurídico de las navegaciones de interés público. El Reglamento (CEE) n.º 4055/86 del Consejo de 22 de diciembre de 1986 relativo a la aplicación del principio de libre prestación de servicios al transporte marítimo entre Estados miembros y entre Estados miembros y países terceros. El Reglamento (CEE) n.° 3577/92 del Consejo de 7 de diciembre de 1992 por el que se aplica el principio de libre prestación de servicios a los transportes marítimos en el interior de los Estados miembros (cabotaje marítimo). El Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público.

30. Evolución de la flota española, europea y mundial. Registro y matriculación de buques bajo pabellón español. Los registros tradicionales y los registros libres. El Registro Especial de Canarias y los segundos registros europeos, evolución reciente. Principales registros mundiales. Ayudas al tráfico marítimo en España y en Europa: Comunicación C(2004) 43 de la Comisión. Directrices comunitarias sobre ayudas de Estado al transporte marítimo.

31. El Convenio Internacional SOLAS 1974: convenios anteriores, obligaciones generales contraídas por los Gobiernos Contratantes. Protocolos de 1978 y 1988. Modo de entrada en vigor de los mismos. Real Decreto 1661/1982, de 25 de junio, y ordenes de 10 de junio de 1983 y de 31 de enero de 1986 sobre normas complementarias de aplicación al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, y su Protocolo de 1978, a los buques y embarcaciones mercantes nacionales. Similitudes y diferencias con respecto al Convenio Internacional SOLAS 1974.

32. Capítulo I del Convenio SOLAS «Disposiciones generales» [enmendado hasta la resolución MSC.204(81)]: Ámbito de aplicación, definiciones, etc., reconocimientos y certificados y siniestros. Directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (SARC), 2017 [Resolución A.1120(30)].

33. Capítulo II-1 del Convenio SOLAS «Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas» [enmendado hasta la resolución MSC.436(99)]: Parte A (Generalidades); Parte A-1 (Estructura de los buques); Parte B (Compartimentado y Estabilidad), B-1 (Estabilidad); B-2 (Compartimentado, Integridad de Estanqueidad e Integridad a la Intemperie); B-3 (Asignación de las líneas de Carga de Compartimentado para los buques de pasaje; B-4 (Gestión de la Estabilidad).

34. Capítulo II-1 del Convenio SOLAS II «Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de máquinas e instalaciones eléctricas» [enmendado hasta la resolución MSC.436(99)] Parte C Instalaciones de máquinas. Parte D Instalaciones eléctricas. Parte E Prescripciones complementarias relativas a espacios de máquinas sin dotación permanente.

35. Capítulo II - 2 del Convenio SOLAS «Prevención, detección y extinción de incendios» [enmendado hasta la resolución MSC.421(98)]: Parte A generalidades, parte B prevención de incendios y explosiones, parte C control de incendios, parte D evacuación, parte E prescripciones operacionales, parte F proyectos y disposiciones alternativas y parte G prescripciones especiales.

36. Capítulo III del Convenio SOLAS «Dispositivos y medios de salvamento» [enmendado hasta la resolución MSC.421(98)] parte A generalidades, parte B prescripciones relativas a los buques y a los dispositivos de salvamento y parte C proyectos y disposiciones alternativos.

37. Capítulo IV del Convenio SOLAS «Radiocomunicaciones» [enmendado hasta la resolución MSC.436(99)] parte A generalidades, parte B compromisos contraídos por los gobiernos contratantes y parte C equipo prescrito para los buques.

38. Capítulo V del Convenio SOLAS «Seguridad de la navegación» [enmendado hasta la resolución MSC. 350(92)].

39. Capítulo VI del Convenio SOLAS «Transporte de cargas y combustible líquido» [enmendado hasta la resolución MSC. 380(94)]: parte A disposiciones generales, parte B disposiciones especiales aplicables a las cargas sólidas a granel y parte C transporte de grano. Capítulo VII del Convenio SOLAS «Transporte de mercancías peligrosas» [enmendado hasta la resolución MSC. 325(90)]: Preámbulo, parte A transporte de mercancías peligrosas en bultos, parte A-1 transporte de mercancías peligrosas sólidas a granel, parte B construcción y equipo de buques que transporten productos químicos líquidos peligrosos a granel, parte C construcción y equipo de buques que transporten gases licuados a granel y parte D prescripciones especiales para el transporte de combustible nuclear irradiado, plutonio y desechos de alta actividad en bultos a bordo de los buques. Capítulo VIII del Convenio SOLAS «Buques nucleares».

40. Capítulo IX del Convenio SOLAS «Gestión de la seguridad operacional de los buques» [enmendado hasta la resolución MSC. 194 (80)]. Capítulo X del Convenio SOLAS «Medidas de Seguridad aplicables a las naves de gran de gran velocidad» [enmendado hasta la resolución MSC. 99(73)].

41. Capítulo XI – 1 del Convenio SOLAS «Medidas especiales para incrementar la seguridad marítima» [enmendado hasta la resolución MSC.409(97)]. Capítulo XI – 2 del Convenio SOLAS «Medidas especiales para incrementar la protección marítima» [enmendado hasta la resolución MSC. 194(80)].

42. Capítulo XII del Convenio SOLAS «Medidas de seguridad adicionales aplicables a los graneleros» [enmendado hasta la resolución MSC. 216(82)].

43. Capítulo XIII del Convenio SOLAS «Verificación del cumplimiento». Capítulo XIV del Convenio SOLAS «Medidas de seguridad para los buques que operen en aguas polares».

44. El Convenio Internacional sobre búsqueda y salvamento marítimos (Convenio SAR) 1979, enmendado hasta MSC.155(78).

45. Convenio internacional MARPOL Anexo I «Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos» [enmendado hasta la resolución MEPC.276(70)]: Capítulo 1 –Generalidades y Capítulo 2 - reconocimientos y certificación.

46. Convenio internacional MARPOL Anexo I «Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos» [enmendado hasta la resolución MEPC. 276(70)]: Capítulo 3 –Prescripciones aplicables a los espacios de máquinas de todos los buques.

47. Convenio internacional MARPOL Anexo I «Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos» [enmendado hasta la resolución MEPC. 276(70)]: Capítulo 4 –Prescripciones relativas a las zonas de carga de los petroleros.

48. Convenio internacional MARPOL Anexo I «Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos» [enmendado hasta la resolución MEPC. 276(70)]: Capítulo 5 – hidrocarburos. Capítulo 6 – Instalaciones de recepción. Capítulo 7 – Prescripciones especiales para las plataformas fijas o flotantes. Capítulo 8 – Prevención de la contaminación durante el transbordo de cargas de hidrocarburos entre petroleros en el mar. Capítulo 9 – Prescripciones especiales para la utilización o el transporte de hidrocarburos en la zona del Antártico.

49. Convenio internacional MARPOL Anexo II «Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel» [enmendado hasta la resolución MEPC. 276(70)] y Convenio internacional MARPOL Anexo III «Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos» [enmendado hasta la resolución MEPC. 257(67)].

50. Convenio internacional MARPOL Anexo IV «Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los buques» [enmendado hasta la resolución MEPC. 274(69)] y Convenio internacional MARPOL V «Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques» [enmendado hasta la resolución MEPC. 277(70)].

51. Convenio internacional MARPOL Anexo VI «Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques» [enmendado hasta la resolución MEPC 280(70).

52. El Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos de 1990, OPRC 90, y su Protocolo contra los sucesos de contaminación por sustancias nocivas y potencialmente peligrosas del año 2000, OPRC-HNS 2000.

53. Convenio internacional relativo a la intervención en alta mar en casos de accidentes que causen una contaminación por hidrocarburos, 1969.

54. Real Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina. Orden FOM/1793/2014, de 22 de septiembre, por la que se aprueba el Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la contaminación del medio marino.

55. Convenio internacional sobre líneas de carga, 1966, modificado por el Protocolo de 1988 enmendado hasta la resolución MSC. 375(93).

56. Convenio internacional sobre el arqueo de los buques, 1969.

57. Convenio internacional sobre el control de los sistemas anti incrustantes perjudiciales en los buques, 2001. Reglamento (CE) n.º 782/2003 del Parlamento europeo y del Consejo, de 14 de abril de 2003 relativo a la prohibición de los compuestos organoestánnicos en los buques modificado por Reglamento (CE) n.º 536/2008 de la Comisión de 13 de junio de 2008 y por el Reglamento (CE) n.º 219/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de marzo de 2009.

58. Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006). Enmiendas de 2014 del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, adoptadas en Ginebra el 11 de junio de 2014. Enmiendas de 2016 del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, adoptadas en Ginebra el 8 de junio de 2016. Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en buques españoles.

59. Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, 1978, (STCW). Enmiendas de Manila 2010 al anexo del Convenio y al Código de Formación I: Contenido del Convenio tras las enmiendas de Manila: Regla I/2, Regla I/4, Regla I/5, Regla I/9, Regla I/10, Regla I/11, Regla I/14, capítulo II y Capítulo III.

60. Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, 1978, (STCW). Enmiendas de Manila 2010 al anexo del Convenio y al Código de Formación II: Contenido del Código de Formación tras las enmiendas de Manila: capítulo VII, sección A-VIII/1 y partes 1, 2 y 3 de la sección A-VIII/2.

61. Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques (BUNKERS), 2001. Real Decreto 1795/2008, de 3 de noviembre, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para combustible de los buques. Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (CLC), 1992. Real Decreto 1892/2004, de 10 de septiembre, por el que se dictan normas para la ejecución del Convenio Internacional sobre responsabilidad civil derivada de daños debidos a la contaminación de las aguas del mar por hidrocarburos.

62. Convenio internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004, [enmendado hasta la resolución MEPC.299(72)].

63. Código Internacional de Gestión de la Seguridad (Código IGS/ISM) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [adoptado por la resolución A.741(18) enmendada hasta la resolución MSC.353(92)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

64. Reglamento (CE) núm. 336/2006 de 15 de febrero de 2006, sobre la aplicación en la Comunidad del Código internacional de gestión de la seguridad modificado por el Reglamento (CE) núm. 540/2008. Resolución A.1118(30) Directrices revisadas para la implantación del Código internacional de gestión de la seguridad (Código IGS) por las Administraciones.

65. Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [enmendado por la resolución MSC. 196 (80)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

66. Código Internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 de la Organización Marítima Internacional (OMI) [adoptado por la resolución MSC. 97(73) enmendada hasta la resolución MSC.439(99)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

67. Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ), de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MSC. 176(79) enmendado hasta la MSC.440(99)] I: Capítulo 1-Generalidades, Capítulo 2- Aptitud del buque para conservar la flotabilidad y ubicación de los tanques de carga, Capítulo 3-Disposición del buque, Capítulo 4-Contención de la carga, Capítulo 5-Trasvase de la carga y Capítulo 6-Materiales de construcción, forros de protección y revestimientos. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

68. Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ), de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MSC. 176(79) enmendado hasta la MSC.440(99)] II: Capítulo 7-Regulación de la temperatura de la carga, Capítulo 8-Medios de respiración y desgasificación de los tanques de carga, Capítulo 9-Control ambiental, Capítulo 10-Instalaciones eléctricas, Capítulo 11-Prevención y extinción de incendios, Capítulo 12-Ventilación mecánica en la zona de la carga, Capítulo 13-Instrumentos, Capítulo 14-Protección del personal, Capítulo 15-Prescripciones especiales, Capítulo 16-Prescripciones de orden operacional, Capítulo 17-Resumen de prescripciones mínimas, Capítulo 18- Lista de productos a los cuales no se aplica el código, Capítulo 19-Índice de productos transportados a granel, Capítulo 20-Transporte de desechos químicos líquidos, Capítulo 21-Criterios para asignar prescripciones de transporte a los productos regidos por el código CIG.

69. Código Internacional de Gaseros (Código CIG) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [enmendado y modificado hasta la Resolución MSC.441(99)] I: Capítulo 1-Generalidades, Capítulo 2-Aptitud del buque para conservar la flotabilidad y ubicación de los tanques de carga, Capítulo 3-Disposición del buque, Capítulo 4-Contención de la carga, Capítulo 5-Recipientes de elaboración a presión y sistemas de tuberías para líquidos y vapor, y de presión y Capítulo 6-Materiales de construcción. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

70. Código Internacional de Gaseros (Código CIG)de la Organización Marítima Internacional (OMI) [enmendado y modificado hasta la Resolución MSC.441(99)] II: Capítulo 7-Control de la presión y de la temperatura de la carga, Capítulo 8-Sistemas de respiración de los tanques de carga, Capítulo 9-Control ambiental, Capítulo 10-Instalaciones eléctricas, Capítulo 11-Prevención y extinción de incendios, Capítulo 12-Ventilación mecánica en la zona de la carga, Capítulo 13-Instrumentos (de medición, de detección de gas), Capítulo 14-Protección del personal, Capítulo 15-Límites de llenado de los tanques de carga, Capítulo 16-Empleo de la carga como combustible, Capítulo 17-Prescripciones especiales, Capítulo 18- Prescripciones de orden operacional y Capítulo 19-Resumen de prescripciones mínimas.

71. Código Internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC. 98(73), enmendada hasta la resolución MSC.410(97)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

72. Código internacional para la aplicación de procedimientos de ensayo de exposición al fuego de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MSC. 307(88) enmendado hasta la resolución MSC.437(99)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

73. Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MSC. 48(66), enmendada hasta la resolución MSC 425(98)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

74. Código de Normas internacionales y prácticas recomendadas para la investigación de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos marítimos (Código de Investigación de siniestros), adoptado mediante resolución MSC. 255(84) y enmendado por la resolución MSC. 390(94). Instrumento a través del cual se hace obligatorio. Reglamento (UE) n° 1286/2011 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2011, por el que se adopta, con arreglo al artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2009/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, una metodología común para la investigación de siniestros e incidentes marítimos. Real Decreto 800/2011, de 10 de junio, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes marítimos y la Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.

75. Código Internacional de Estabilidad sin avería, 2008 (Código IS 2008) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MSC. 267(85) enmendado hasta la resolución MSC.444(99)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

76. Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [MSC. 268(85) enmendado hasta la resolución MSC.426(98)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

77. Código internacional para transporte sin riesgos de grano a granel de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MSC. 23 (59)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

78. Código para las Organizaciones Reconocidas (Código OR), de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resoluciones MSC. 349 (92) y MEPC. 237(65)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

79. Código técnico sobre los NOx 2008 de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución MEPC. 177(58) enmendada hasta la resolución MEPC.286(71]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

80. Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (CÓDIGO IMDG) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [Resolución MSC. 122 (75), enmendada hasta la resolución MSC.442(99)]. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

81. Código de prácticas de seguridad para la estiba y sujeción de la carga (código CSS) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución A. 714(17) enmendada hasta la resolución MSC.1/Circ.1352-Rev1].

82. Código de alertas e indicadores 2009 [Resolución A. 1021(26)].

83. Código de seguridad aplicable a los buques para fines especiales, 2008 (Código SPS 2008) [resolución MSC. 266 (84) enmendada hasta la resolución MSC. 408(96).].

84. Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011) [adoptado a través de la resolución A. 1049(27), enmendada hasta la resolución MSC.405(96)]. I: Anexo A parte A - Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros de forro sencillo en el costado. Instrumento a través del cual se hace obligatorio.

85. Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011) [adoptado a través de la resolución A. 1049(27), enmendada hasta la resolución MSC.405(96)]. II: Anexo A parte B - Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros de doble forro en el costado

86. Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011) [adoptado a través de la resolución A. 1049(27), enmendada hasta la resolución MSC.405(96)]. III: Anexo B parte A - Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de petroleros de doble casco.

87. Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011) [adoptado a través de la resolución A. 1049(27), enmendada hasta la resolución MSC.405(96)]. IV: Anexo B parte B - Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de petroleros que no tengan doble casco.

88. Reglamento de Inspección y Certificación de Buques Civiles (RD. 1837/2000), modificado por el Real Decreto 638/2007 y por el Real Decreto 804/2014 y por el Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques.

89. Decreto 3384/1971 sobre revisión del Reglamento de Reconocimiento de Buques y Embarcaciones Mercantes: capítulo II (excepto los dos primeros párrafos y el párrafo F del artículo 2-01 y el artículo 2-04) y capítulos III y V.

90. Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles modificado por Real Decreto 1435/2010.

91. Real Decreto 1032/1999 por el que se determinan las normas de seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros, modificado por el Real Decreto 1422/2002 y por el Real Decreto 543/2007.

92. Real Decreto 543/2007 por el que se determinan las normas de seguridad y de prevención de la contaminación a cumplir por los buques pesqueros menores de 24 m de eslora. Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio de 1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca modificado por el Real Decreto 1696/2012. Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) núm. 1954/2003 y (CE) núm. 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) núm. 2371/2002 y (CE) núm. 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo. Reglamento de Ejecución (UE) 2017/218 de la Comisión, de 6 de febrero de 2017, relativo al registro de la flota pesquera de la Unión.

93. El Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles. Real Decreto 457/2011, de 1 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles. Orden FOM/382/2017, de 21 de abril, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles. Real Decreto 596/2019, de 18 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles.

94. Real Decreto 665/1999, de 23 de abril sobre el Registro de personas que viajan a bordo de buques de pasaje, modificado por el Real Decreto 1249/2003 y por el Real Decreto 724/2019.

95. Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad, en lo relativo al transporte marítimo, modificado por el Real Decreto 1276/2011 y por el Real Decreto 537/2019.

96. Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles, modificado por el Real Decreto 1004/2014 y por el Real Decreto 733/2019.

97. Real Decreto 733/2019, de 20 de diciembre, sobre un sistema de inspecciones para garantizar la seguridad en la explotación de buques de pasaje de transbordo rodado y naves de pasaje de gran velocidad en servicio regular, y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles aprobado por el Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre.

98. Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques.

99. Real Decreto 1861/2004, de 6 de septiembre sobre «Prescripciones específicas de estabilidad aplicables a los buques de pasaje de trasbordo rodado». Orden FOM/191/2006, de 24 de enero, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1861/2004.

100. Criterios de estabilidad al estado intacto de la Administración española para buques de carga de menos de 20 TRB y de pasaje de menos de 10 TRB. Estabilidad en buques pesqueros menores de 24 m. Datos y cálculos necesarios, y criterios aplicables.

101. Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras de inspección, modificado por el Real Decreto 1435/2010.

102. Real Decreto 1043/2003, de 1 de agosto, por el que se establecen determinadas medidas de seguridad para la utilización de artefactos náuticos de recreo autopropulsados. Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, modificado por el Real Decreto 2006/2009 y por el Real Decreto 238/2019. Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por el que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, modificada por la Orden FOM/1076/2006.

103. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques. Real Decreto 685/2010, de 20 de mayo, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para determinadas embarcaciones de recreo

104. Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes.

105. Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros.

106. Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se determinan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo y se regula el uso de determinados biocarburantes, modificado por el Real Decreto 1027/2006, por el Real Decreto 1088/2010, por el Real Decreto 1361/2011, por el Real Decreto 290/2015 y por el Real Decreto 1085/2015.

107. Real Decreto 877/2011, de 24 de junio, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y reconocimiento de buques y para las actividades correspondientes de la Administración marítima, modificado por el Real Decreto 706/2015.

108. Real Decreto 210/2004, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo, modificado por el Real Decreto 1593/2010, por el Real Decreto 201/2012, por el Real Decreto 1334/2012 y por la Orden FOM/2380/2015.

109. Resolución de la Asamblea de la Organización Marítima Internacional A. 949(23) sobre directrices relativas a lugares de refugio para barcos necesitados de asistencia.

110. Real Decreto 1027/1989, sobre abanderamiento, matriculación de buques y Registro Marítimo, modificado por el Real Decreto 167/2001, por el Real Decreto 638/2007 y por el Real Decreto 804/2014. Reglamento (CEE) n.º 789/2004 del Parlamento y del Consejo, de 21 de abril de 2004 sobre la transferencia de buques de carga y de pasaje entre registros de la Comunidad, modificado por el Reglamento (CE) N.º 219/2009.

111. Orden de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques. Orden de 4 de diciembre de 1985 de alquiler de embarcaciones de recreo.

112. Reglamento (CE) n.º 1005/2009 enmendado del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, modificado por el Reglamento (UE) n.º 744/2010, por el Reglamento (UE) n.º 1087/2013, por el Reglamento (UE) n.º 1088/2013 y por el Reglamento (UE) n.º 2017/605.

113. Orden de 24 de febrero de 1962 por la que se aprueba el Reglamento sobre el reconocimiento e inspección de los medios de carga y descarga en los buques mercantes en la parte que afecta a la construcción naval. Orden de 17 de agosto de 1970 sobre el reconocimiento de los alojamientos a bordo de buques pesqueros en la parte que afecta a la construcción naval.

114. Medidas de seguridad en buques de pasaje: Análisis de la evacuación de los buques de pasaje de trasbordo rodado: MSC.1/Circ.1238 «Directrices para el análisis de la evacuación de los buques de pasaje nuevos y existentes».

115. Código de prácticas para la evaluación, la prueba y la aceptación de prototipos de dispositivos y medios de salvamento de carácter innovador de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución A. 520(13)].

116. Código para la construcción y el equipo de unidades móviles de perforación mar adentro, 2009. (Código MODU 2009) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución A. 1023(26), enmendada hasta la resolución MSC.435(98)].

117. Código de prácticas para la seguridad de las operaciones de carga y descarga de graneleros (Código BLU) de la Organización Marítima Internacional (OMI) [resolución A. 862(20) enmendada mediante las resoluciones MSC. 238(82) y MSC. 304(87)].

118. Código de prácticas de seguridad para el transporte de cargas y personas en buques de suministro mar adentro de la Organización Marítima Internacional (OMI) (Código BSMA) [resolución A. 863(20) enmendada por la resolución MSC. 237(82)].

119. Directrices para el proyecto, la construcción y la explotación de naves de pasaje sumergibles adoptadas el 29 de Enero de 2001 mediante la circular MSC/Circ.981, enmendada por MSC/Circ.1125.

120. Código de seguridad para pescadores y buques pesqueros de la Organización Marítima Internacional (OMI).

121. Real Decreto 963/2013, de 5 de diciembre, por el que se fijan las tripulaciones mínimas de seguridad de los buques de pesca y auxiliares de pesca y se regula el procedimiento para su asignación. Orden de julio de 1964 sobre tripulaciones mínimas para buques mercantes y de pesca.

122. El Reglamento internacional para prevenir los abordajes (COLREG), enmendado hasta la resolución A. 1004(25).

123. Conceptos fundamentales de estabilidad al estado intacto: centro de carena y de gravedad del buque, curvas hidrostáticas, radios metacéntricos, condiciones generales del equilibrio de los buques, par de estabilidad estática transversal, altura metacéntrica, curva de estabilidad estática transversal, estabilidad dinámica, estabilidad longitudinal. Diversos factores que afectan a la estabilidad transversal de los buques: traslado e izadas de pesos, pesos suspendidos, corrimiento de la carga, líquidos en tanques, inundación de bodegas, agua en cubierta, variación del asiento, acción del viento, formación de hielo en la superestructura, virada del buque, etcétera. Importancia de la manga y del francobordo en la estabilidad.

124. Compartimentado y estabilidad después de averías. Conceptos fundamentales de estabilidad después de avería.

125. Conceptos fundamentales sobre integridad estructural del buque. El buque viga, esfuerzos cortantes, curva de esfuerzos cortantes y momentos de flexión. Condiciones de carga y su influencia, módulo de inercia de la sección maestra. Resistencia transversal.

126. Reglamento (UE) n.º 1257/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de noviembre de 2013 relativo al reciclado de buques y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.º 1013/2006 y de la Directiva 2009/16/CE.

127. Código para la implantación de los instrumentos de la OMI (Código III) Resolución A.1070 (28).

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